La AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) hizo oficial las nuevas excepciones para el Impuesto País que en este caso abarcarán a las entidades sin fines de lucro y cooperativas que, desde ahora, no deberán pagar la percepción del 35% por las operaciones alcanzadas por el Impuesto País.
De esta manera, se suman estas y otras entidades entre los sujetos no alcanzados por el régimen de percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales por las operaciones con moneda extranjera, otra de las medidas polémicas tomadas en la Argentina ante su debilidad cambiaria.
Impuesto País
La medida prevista en la Resolución General N°5123/2021, publicada hoy lunes 27 de Diciembre en el Boletín Oficial, tiende a facilitar la aplicación del régimen de percepción y para eso realiza una serie de precisiones sobre los sujetos no alcanzados.
Entidades exceptuadas
De acuerdo a la normativa, no se encontrarán alcanzadas por el régimen de Percepción las entidades enunciadas en los incisos b), d), e), f), g), l) y p) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019. Así, las entidades que quedan fuera de la percepción son:
- Asociaciones deportivas y de cultura física
- Entidades religiosas
- Instituciones internacionales sin fines de lucro con personería jurídica y con sede central en la Argentina.
- Asociaciones, fundaciones y entidades civiles de asistencia social, salud pública, caridad, beneficencia, educación e instrucción, científicas, literarias, artísticas, gremiales y las de cultura física o intelectual, entre otras.