BUENOS AIRES (Redacción) – No sólo los grandes medios de comunicación luchan por la pauta oficial. Los medios vecinales, esas radios y diarios que informan en los barrios, también luchan por la publicidad oficial que, en la gestión de Rodríguez Larreta hay una clara intención de achicar la porción para dichos medios a fin de destinarla a los conglomerados mediáticos.
Y en medio a la puja judicial, la justicia en lo Contencioso Administrativo y Tributario del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires hizo lugar parcialmente al reclamo presentado por los titulares de medios vecinales de comunicación social porteños (gráficos, radiales e informáticos) respecto de la pauta oficial del Gobierno local enmarcada en el Registro de Medios Vecinales.
El juez Guillermo Scheibler hizo lugar parcialmente a la medida cautelar solicitada por un colectivo de titulares de medios vecinales porteños y ordenó la suspensión de los efectos de la resolución 813/18 dictada por la Subsecretaría de Comunicación Social del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta tanto se dicte sentencia definitiva y firme.
Los amparistas, en su calidad de titulares inscriptos en el Registro, pidieron que se declare “la nulidad e inconstitucionalidad de la resolución 813/2018 dictada por la Subsecretaría de Comunicación Social y de toda normativa y actos que derivaren de ella, por entender que atenta contra lo dispuesto en la ley 2587, la 2176, el decreto N° 333/09, el artículo 32 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y el principio de progresividad y no regresividad en materia de derechos humanos”.
“Para ello adopta un sistema o método de cálculo distinto al previsto a tal fin en la ley 2587, en virtud del cual el valor de referencia no sería ya mensual sino semestral y teniendo en consideración el mejor descuento sobre el precio compulsado que hayan ofrecido los proveedores”, agregó.
“A esta altura no puede soslayarse que como un modo de cristalizar el mandato que emerge del artículo 32 de la Constitución de la Ciudad, la ley 2587 conforma un régimen de fomento para determinados medios de comunicación, aquellos de carácter gratuito y escala vecinal. En este sentido, resultaría relevante detenerse en el hecho que tal como surge de sus propios considerandos, la resolución impugnada pretendería aplicar en tal ámbito un sistema instaurado para regular situaciones distintas con otro tipo de medios de comunicación (resolución 197-SECM-16)”, concluyó.
Paralelo a esto, las autoridades porteñas decidieron sorpresivamente apercibir a casi 40 medios de comunicación porteños, bajo el argumento de no cumplir con la reglamentación del Registro, que exige un porcentaje de temas vinculados al área de influencia. Esto, más el recorte en la pauta, potenció y violentó el reclamo.