BUENOS AIRES (Télam) – La Cámara de Diputados aprobó por amplia mayoría y giró en revisión al Senado un proyecto de ley que flexibiliza los requisitos para armar emprendimientos, ya que se podrán constituir hasta en 24 horas, y otorga amplios beneficios para estas nuevas actividades, bajo la denominación de «Sociedades de Acción Simplificada».
La iniciativa fue aprobado por 189 votos con el respaldo del interbloque Cambiemos, el massismo, el bloque justicialista, el kirchnerisimo, Progresistas y fue rechazada por 7 legisladores, entre los cuales cuatro de la izquierda, mientras que nueve se abstuvieron.
La iniciativa fue defendida por el macrista Facundo Garretón, quien afirmó: «esta ley ayuda a generar el contexto para tener miles de nuevas empresas, que a su vez dan empleo» y afirmó que «será un gran paso para una Nación emprendedora. Desde el kirchnerismo, el ex ministro Axel Kicillof dijo: «si bien estamos de acuerdo con fomentar y promover el impulso de los emprendedores argentinos no creo que esta ley sea rentable para los pequeños empresarios».
También respaldó el proyecto el massista Marco Lavagna, según quien «es una buena iniciativa», aunque advirtió que «no debe convertirse en la única propuesta para promover a los emprendimientos». Por su parte, el diputado del bloque Justicialista, Pablo Kosiner, aseguró que desde esa bancada «acompañamos en general el dictamen de la Ley de Emprendedores, especialmente el apoyo al empredurismo social que hace esta ley, ya que es el que hace la base del crecimiento de nuestra economía y genera condiciones de mayor inclusión”.
El proyecto permite armar empresas por medio del sistema de Sociedades de Acción Simplificada que facilita conformar un emprendimiento, por internet, hasta en un plazo de 24 horas, cuando cumplan todos los requisitos. Uno de los atractivos de esta propuesta son los beneficios impositivos, ya que se permite deducir de ganancias hasta el 75 por ciento de los aportes de inversión y un 10 por ciento de la ganancia neta sujeta al impuesto.
Si quedara un excedente se podrá deducir en los cinco ejercicios fiscales siguientes a los realizados esos aportes, mientras que se mantenga la inversión. Esas inversiones deberán consistir en dinero o activos financieros líquidos y deberán ser informados a la Institución de Capital Emprendedor que deberá emitir un certificado de declaración jurada, que informará al registro sobre las sumas aportadas.
A lo largo del proyecto se conforma El Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Capital Emprendedor (FONDCE) cuyo objeto será financiar emprendimientos e instituciones de Capital Emprendedor registrados como tales, y será solventado con los recursos que le asigne el presupuesto, donaciones, fondos provistos por organismos nacionales e internacionales y organizaciones no gubernamentales.
Para implementar el programa el gobierno estableció un cupo del 0,02 del PBI que si se aplicara este año sería de 1.500 millones de pesos y para el año próximo, si se cumple el incremento del 3,5 por ciento de la economía, se ubicaría en 1.900 millones de pesos.
De acuerdo al proyecto se considera emprendedores a una «actividad productiva con fines lucro realizado por una persona jurídica» que cumpla con determinados requisitos, que no hayan pasado cinco años desde su constitución y conserve la mayoría de los votos para adoptar decisiones de gestión.
Además se considera como instituciones de Capital Emprendedor a las personas jurídicas-pública, privada o mixta-, que hubiesen sido constituidas en el país y tengan como único objeto aportar recursos propios o de terceros a más de un Emprendimiento.
Por otro lado, se crea el Registro de Instituciones de Capital Emprendedor donde se deberán anotar a fin de constatar si cumplen con los requisitos de los emprendedores para poder tener los beneficios económicos.
Uno de los requisitos para inscribirse en este registro es haber cumplido con los pagos impositivos y previsionales, y el resto de normas vinculadas con la prevención de los Delitos de lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y otras. De acuerdo al proyecto, el beneficio será retroactivo al primero de julio del 2016 siempre que el emprender obtenga su registro en un plazo no mayor de 90 días desde la entrada en vigencia de esta iniciativa.