BUENOS AIRES (Redacción) – El Gobierno puso en vigencia semanas atrás la tan deseada SAS, la Sociedad por Acciones Simplificadas, un instrumento para que un emprendedor pueda crear una empresa desde su casa, con una computadora, en cuestión de horas y a muy bajo costo, prácticamente la antítesis de lo que ocurría tiempo atrás, donde formalizar un emprendimiento era casi una tarea imposible.
Sin embargo, a poco de su debut, poco se sabe realmente sobre cómo proceder. Si bien existe un instructivo oficial sobre cómo ir paso a paso en su formalización, por el momento la Ley de Emprendedores sólo aplica para los negocios llevados a cabo en la Ciudad de Buenos Aires.
Además, los contadores desconocen casi por completo cómo proceder en temas impositivos ya que aún hay una zona gris que pocos logran dilucidar. Los bancos, por su lado, tampoco aportan mucho conocimiento del tema.
Lo que sí se sabe es que desde Casa Rosada se trabaja para federalizar la Ley ya que si bien es un incentivo, de poco sirve que sólo aplique a territorio porteño. Abundan en los sitios oficiales las consultas y los pedidos por parte de los emprendedores para poder iniciar un trámite para una SAS fuera de Capital Federal.
¿Qué debe tener el instrumento de constitución de una SAS?
Debe tener estos datos:
- El nombre, edad, estado civil, nacionalidad, profesión, domicilio, número de documento de identidad, Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) o Clave Única de Identificación Laboral (CUIL) o Clave de Identificación (CDI) de los socios.
- Si la forman personas jurídicas, debe tener: su denominación o razón social, domicilio y sede, datos de los integrantes del órgano de administración y Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) o Clave de Identificación (CDI).
- El nombre de la sociedad que estás formando. Debe contener la expresión “Sociedad por Acciones Simplificada”, su abreviatura o la sigla SAS.
- El domicilio de la sociedad y su sede.
- El objeto o finalidad de la sociedad por acciones simplificada que estás formando.
- El plazo de duración, que deberá ser determinado.
- El capital social y el aporte de cada socio, expresados en moneda nacional.
- Las clases, formas de emisión y características de las acciones.
- La manera en que pueden aumentarse las acciones.
- Determinar la suscripción del capital, el monto y la forma de integración y el plazo para el pago del saldo adeudado, si corresponde.
- La organización de la administración, de las reuniones de socios y del control de la sociedad.
- Los datos de los integrantes de los órganos de administración.
- El plazo de duración en los cargos de los integrantes de los órganos de administración y del órgano de fiscalización.
- Representante legal.
- Las reglas para distribuir las utilidades y soportar las pérdidas.
- Los derechos y obligaciones de los socios entre sí y en relación a terceros.
- Las reglas para el funcionamiento, disolución y liquidación de la sociedad por acciones simplificada.
- La fecha de cierre del ejercicio.