BUENOS AIRES (Redacción) – Argentina se encuentra en el puesto 157 sobre 189 países en el ranking Doing Business, elaborado por el Banco Mundial, que mide la facilidad para la «apertura de una empresa», dejando en evidencia las dificultades con que se encuentra cualquier emprendedor o persona que busque crear una sociedad en Argentina. Cuando se publique la próxima medición, el país seguramente habrá escalado varios puestos, gracias a la flamante Ley de Emprendedores sancionada por el Congreso, en la que se crea la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS), asegura Alejandro Ramírez, profesor de Derecho de la Universidad Austral.
Esta iniciativa surgió del Ministerio de Producción de la Nación, más específicamente de la SEPyME, receptando un viejo anhelo de los emprendedores, de las asociaciones de emprendedores del país -especialmente ASEA-, y del ámbito académico, entre otros colaboradores.
Cualquier persona que haya tenido que atravesar el trámite de constitución de una sociedad sabe los tiempos que podía incurrir la creación de ella (entre 15 días y 18 meses, según en qué provincia se realice el trámite, sin contar los tiempos para obtener el CUIT y una cuenta bancaria), lo que llevaba a que muchos emprendedores decidieran iniciar sus proyectos en un marco de economía informal. En otros casos, incurrían en un desgaste burocrático que les impedía dirigir todos sus esfuerzos a la creación de un emprendimiento exitoso.
En este sentido, la Ley recoge el guante, y dispone que la inscripción de la SAS se realice en 24 horas, facilitando un modelo tipo de contrato -que podrá ser modificado por los socios-. En el mismo plazo obtendrá una cuenta bancaria y CUIT, es decir que en solo un día se podrá crear una sociedad con los elementos necesarios para operar en el mercado. De esta forma, se centraliza en un solo paso los 14 previos que se debían hacer para crear una sociedad. Otra de las novedades que incorpora la SAS es que su constitución se podrá hacer por internet, así como también podrán llevar sus libros societarios y contables de forma digital, modernizándose así la gestión societaria.
El capital social exigido para las SAS es como mínimo dos veces el salario mínimo vital y móvil, es decir de $16.020, el cual será dividido en acciones, con la posibilidad de crear diferentes tipos de acciones, con valores diferentes entre ellas, para receptar una problemática de los emprendedores, que muchas veces necesitan de diferentes tipos de socios.
Otra ventaja que otorga la SAS es una libertad contractual para que sus socios puedan organizar la forma interna de la sociedad según sus necesidades, diseñando los órganos societarios según convengan. Asimismo, la SAS podrá ser de varios socios, o unipersonal, superando las dificultades de la Sociedad Anónima Unipersonal (SAU) creada en el 2015, de la cual se constituyeron solo 22 en Buenos Aires desde su creación -en su mayoría fueron Grandes Grupos Empresarios-, demostrando que la misma no fue una solución acorde a las necesidades de las Pymes.
Sin lugar a dudas, este nuevo tipo societario moderniza el derecho societario argentino, apoyando la iniciativa privada, y seguramente obligará al resto de las sociedades a seguir sus cambios, tal como ha pasado en la región.
Alejandro Ramírez es profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral, y activo participante de la gestión de la Ley de Emprendedores.